San Raymundo Jalpan, Oax.- La LXIV Legislatura reformó los artículos 246 y 248 Bis del Código Penal Local, con la cual aumenta el castigo, hasta con 20 años de prisión, a quien, usando la seducción y el engaño, sostenga relaciones sexuales con una persona mayor de 12 años y menor a 18.
Con dichas reformas, esta conducta se equipara a la violación y sancionará de 14 a 20 años de prisión y multa se seiscientos a un mil doscientas veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización, a quien tenga cópula con una persona mayor de 12 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción y el engaño. La seducción y el engaño se presumirán en todo momento.
A fin de igualar la sanción, se realizó la adición al Artículo 248 Bis, que a la letra señala: “Las penas que correspondan a los delitos de abuso sexual, previstas por el Artículo 241, violación prevista por el Artículo 246, violación equiparada prevista por el Artículo 246 Bis y 247 se aumentará hasta en una mitad en su mínimo y su máximo”.
El dictamen establece que, actualmente, se establece que solo cuando la víctima directa fuere menor de 15 años se presumirá, en todo caso, la seducción y el engaño, pero automáticamente se deja fuera a las adolescentes mayores de 15 años de este supuesto. Es decir, se supone que, si la niña es mayor de quince años, no hubo seducción o engaño.
Por tanto, se consideró como necesario realizar las modificaciones legislativas, al mencionado tipo penal, pues la Convención Sobre los Derechos del Niño entiende, por niño a todo ser humano menor a los 18 años de edad.
Es importante mencionar que, en nuestro país, la violación es el sexto de los delitos sexuales con mayor incidencia, seguida del estupro que ocupa el octavo lugar.
Además, de acuerdo a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, México ocupa el primer lugar en abuso infantil y por cada mil casos de abuso a menores de edad, únicamente se denuncian 100, de los cuales solo 10 van a juicio, y solo uno de estos casos llega a una condena.