CdMx.- A la construcción de la refinería de Dos Bocas en Paraíso, Tabasco, llegó primero el Sindicato y después los trabajadores; ello ha causado una serie de conflictos ya que los trabajadores son obligados a cubrir una cuota sindical hasta del 4% para tener acceso al empleo, impidiendo una verdadera libertad sindical y sólo manteniendo un control político.
Al respecto, el socio fundador de la firma De la Vega & Martínez Rojas, Óscar de la Vega, detalla en entrevista con El Economista las tres razones de fondo que generan el conflicto en Dos Bocas.
1. La LFT permite la existencia primero del sindicato y luego de los trabajadores
La primera obedece a que se mantiene en la Ley Federal de Trabajo la cláusula de exclusión por ingreso, -artículo 395- que a pesar de que se propuso eliminarla en 2012, sigue en la ley y es en realidad una forma de condicionar el empleo a los trabajadores para que se afilien a un sindicato o de lo contrario no poder trabajar, violándose el derecho del trabajador a la libre elección de pertenecer o no a un sindicato, al que en la mayoría de los casos ni siquiera conoce.
Las cuotas sindicales deberían ser voluntarias como lo establece el artículo 110, fracción VI, de la Ley Federal del Trabajo de acuerdo con la reforma del 2019; Así mismo, como debe ser voluntario para el trabajador en ejercicio de su libertad de asociación, pertenecer o no a un sindicato.
Y si a lo anterior se le agrega “la existencia de contratos colectivos de protección, en los que el sindicato sólo le cobra cuotas sin prestarle ningún servicio a los trabajadores, sino que sólo actúa como una agencia de contratación, esto es en un verdadero negocio muchas veces millonario para los líderes sindicales, esta situación se presenta en el caso de la construcción de la Refinería de Dos Bocas, lo cual genera un jugoso negocio de los sindicatos en detrimento de los trabajadores”, detalló De la Vega.
2. Difusión de derechos de los trabajadores por la Profedet
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, no ha cumplido con dar mayor difusión a los derechos de los trabajadores en esta materia. El verdadero cumplimiento del espíritu de la reforma laboral, así como el de los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo y las obligaciones internacionales contenidas en los Tratados Comerciales como el T-MEC, no se materializará mientras subsista en el texto de la Ley Federal del Trabajo el artículo 395, que es evidentemente contrario a la libertad de asociación, por lo que deberá derogada.
3. Inspección Laboral
Las supuestas violaciones alegadas por algunos trabajadores de la empresa encargada de la construcción de la Refinería de Dos Bocas, deben ser verificadas por la Dirección de Inspección del Trabajo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), con el mismo entusiasmo con el que ha investigado otros asuntos menos relevantes; sin embargo, en este caso ha guardado un misterioso silencio, incluso podría ser clausuradas las obra por este tipo de faltas.
Con información de El Economista.