Jorge E. Franco Jiménez.
El pasado mes de septiembre el Gobernador del Estado Alejandro Murat Hinojosa emitió dos convocatorias para la selección de magistrados del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado para cubrir las vacantes existentes que se aprecia de su contenido son en número de cuatro, resaltando el tema de la equidad de género que, ha sido motivo de controversia en procedimientos anteriores y de formulación de acciones afirmativas derivadas de criterios sustentados en ese principio.
Algunos comentarios señalan que los dados ya están cargados, sobre todo con la existencia de dos convocatorias en paralelo, una calificada de mixta de aspirantes abogados y abogadas; otra exclusivamente para mujeres licenciadas en derecho, con el objetivo, dice el acuerdo de seguir la línea de la equidad de género en la integración del órgano superior del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
No podemos desconocer, como oaxaqueños, que las reformas jurídicas tendentes a garantizar la autonomía del Poder Judicial y su conformación, si bien lo garantizan formalmente en las Constituciones Federal, Local y en la ley, no han trascendido en su práctica, pues sigue girando en el mismo sentido, la distribución acorde a los intereses políticos que infectan la selección de magistrados, situación que ha motivado que algunos controviertan actos que consideran perturban la permanencia, estabilidad e imparcialidad del cargo, incluyendo una omisión legislativa reciente que empaño la designación de dos magistrados por ejecutivo.
Desde luego al Gobernador corresponde emitir la convocatoria para la selección de aspirantes de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia; al Consejo de la Judicatura le corresponde certificar el cumplimiento de los requisitos de ley y aplicar los exámenes de oposición; una vez concluidos éstos, remitirá al Gobernador del Estado una lista que contenga ocho candidatos, de los cuales el Gobernador enviará una terna al Congreso del Estado para que elija a quien debe ser Magistrado.
Recibida la propuesta del Gobernador, la elección se hará por el voto de las dos terceras partes de los diputados del Congreso del Estado que se hallen presentes, dentro del improrrogable plazo de veinte días naturales; si no cumple su deber en tiempo, el Gobernador hará la designación; si rechaza la terna también de los que aparezcan en la lista elaborada por el Consejo de la Judicatura designe el Gobernador del Estado.
Como se aprecia hay dos cuestiones que han abierto el camino al distorsionado manejo de la selección de magistrados. Uno basado en que no se cuenta con una legislatura autónoma, sino que se mueve al son de los afectos económicos o de y otra índole de donde surge el arreglo político, no jurídico, que ha venido deteriorando la imagen y actuación del Tribunal a pesar de los esfuerzos de los titulares que se ven sometidos en razón de las carencias presupuestarias que de lo que le otorga el poder legislativo o los apoyos del ejecutivo; el otro, la omisión legislativa o el rechazo de la terna, que se han usado facciosamente.
Llama la atención que, en este caso, se emitan dos convocatorias para salvaguardar el asunto de la equidad de género, no obstante que, de su contenido, se advierten ciertas discrepancias que provocan un campo de incertidumbre en lo que toca a este asunto de la equidad y las acciones afirmativas que fijan los lineamientos observarse,
En las convocatorias del ejecutivo se fija el parámetro a observarse en ambas, la mixta y la de mujeres abogadas. No obstante, no se hace comparativo alguno que justifique que se busque satisfacer el relacionado con la equidad de género, en cuanto que no se toma en cuenta que en el tribunal se conforma con veintiocho magistrados, nueve salas de tres y el presidente, según los datos que me proporcionaron y actualmente solo ocupan ese cargo cinco mujeres; consecuentemente en las convocatorias no se justifica en que porcentaje se buscara equilibrar en este caso en que existen cinco vacantes, según la información relativa,
La discrepancia que tiene relevancia se deriva del contenido de las convocatorias en cuanto a las vacantes que se van a cubrir, si se toma en cuenta la limitación que se hace en cada una de ellas, encierran un aspecto que hace dudar de que se efectivamente se busque alcanzar la paridad de género en la selección de magistradas y magistrados.
En la convocatoria mixta se dispone, “Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno. Maestro Alejandro Ismael Murat Hinojosa, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, “he tenido a bien emitir la siguiente convocatoria mixta, al tenor de los siguientes antecedentes: Existen tres plazas para Licenciadas o Licenciados en Derecho que aspiren a ocupar las vacantes de Magistradas o Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca…”
En la de mujeres “En mi calidad de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, emití Convocatoria Pública, exclusivamente para mujeres profesionales en Derecho que aspiraran a ocupar la magistratura vacante del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca”
Ahora en Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado ha convocado al examen de selección (por oposición) dice la constitución para este lunes cuatro y estará acotada la selección a una magistrada mujer para la “magistratura vacante” y tres para la mixta, lo que también afecta la paridad de género, pues no puede exceder el número de vacantes a cubrir, una de mujeres y tres de la mixta.
Parece que quien redactó las convocatorias no cubrió la motivación correspondiente, ni el número de vacantes a cubrir situación que, entre otras, puede ser motivo de controversia.
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